Normativa
Para conducir una moto de agua se deben tener en cuenta una serie de normas.
Está expresamente prohibido navegar por zonas de baño o zonas acotadas para regatas u otros eventos deportivos.
Queda expresamente prohibida la navegación de motos náuticas dentro de las zonas de baño balizadas, las cuales contarán con canales, debidamente balizados, de lanzamiento y varada en los extremos de las playas, que se utilizarán para permitir la salida a la mar de las motos náuticas y demás artefactos de playa, hasta sobrepasar el límite exterior de la zona de baño.
Cualquier moto náutica que deba ir desde la playa hasta el área permitida de navegación o viceversa, lo hará a través de los canales anteriormente citados y a velocidad que no superará los 3 nudos.
En los tramos de costa que carezcan de zona de baño balizada queda prohibida la navegación de motos náuticas en la franja de mar contigua a la costa en una anchura de 200 metros, salvo para vararlas en las playas o salir al mar desde ellas. En estos casos, la moto se gobernará siguiendo una trayectoria perpendicular a la línea de costa y siempre a velocidad reducida que no superará los 3 nudos.
Por otro lado, entre las motos deberá haber una distancia de seguridad de al menos 50 metros y no se podrán conducir cerca de buques fondeados. Además, solo se deben usar con buen tiempo y buena visibilidad.